ZONAS FRANCAS
Las Zonas Francas forman parte de un régimen especial, integral y simplificado para el establecimiento y operación de empresas que contribuyan al desarrollo del país y a la generación de empleos y divisas, y se incorpore a la economía global de bienes y servicios, promoviendo la inversión.
Actualmente, existen 12 zonas francas activas, 6 en desarrollo, y se pueden establecer en casi todo el territorio nacional. Pueden ser privadas, estatales o mixtas.
Industrias
- Manufactura, ensamblaje, procesamiento de productos terminados o semielaborados, alta tecnología.
- Servicios logísticos, ambientales, de salud, y servicios varios.
- Educación superior y centros de investigación.
- Exención de impuestos y derechos de importación sobre materiales, bienes y servicios requeridos para la operación.
- Los desarrolladores están exentos del impuesto sobre la renta en el arrendamiento y subarrendamiento.
- Permiso de Residente Permanente en calidad de inversionista.
- Permiso de Residente Temporal en calidad de personales de confianza, ejecutivos, expertos y/o técnicos, válida por el término del contrato.
- Visa de corta estancia en Calidad de Comerciante e Inversionista, por leyes especiales, válida por nueve meses, para efectuar transacciones o negocios en zonas procesadoras para la exportación.
- Se permite la rotación de trabajadores.
- El período de vacaciones podrá ser acordado entre las partes.
- La jornada extraordinaria será remunerada con un recargo único del 25% sobre el salario.
- El trabajo en día de fiesta o duelo nacional se pagará con un recargo del 50% sobre el salario de la jornada ordinaria.
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